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Novedades previsionales: Fin de la moratoria y movilidad mes de abril.

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Aníbal Paz

El 23/03/25 venció la moratoria de Ley 27.705 (capítulo 2), para personas con edad jubilatoria. Quienes tengan turno vigente, o quienes hayan solicitado uno a través de Atención Virtual hasta ese día, podrán aún acceder a la moratoria, siempre y cuando tengan cumplidos los requisitos de edad a esa fecha.
》Se recuerda que el Capítulo 3 de la moratoria sigue vigente, sin fecha de finalización, y permite a los trabajadores en actividad acceder a la compra de aportes para futura jubilacion. Además, la moratoria anterior de Ley 24.476 continúa vigente.
》 Res. ANSES 179/25: establece el aumento que recibirán los jubilados en Mar/25 y que alcanzará el 2,4% (= IPC Feb/25).
》Por Dec. 231/25 se dispuso un nuevo Bono de Refuerzo Previsional de $70.000 - valor congelado tal como los últimos meses.
》 Dado que el 82% del valor del Salario Mínimo Vital y Móvil para el mes de Abril es inferior a la Jub. Mín. vigente (Art. 125 Bis Ley 24241) en ese mes tampoco se abonará el complemento para los jubilados con 30 años de aportes efectivos, quienes percibirán el valor de la jubilación mínima (Art. 125 Ley 24241). .
》 El aumento por movilidad de 2,4% también comprende a los Investigadores y Científicos, pero NO a los jubilados de los demás regímenes especiales.

CV Autor

* Abogado Mat. Prof.: CAC 1-32556 (Cba) – CPACF T°102 F°454 (BsAs) – CSJN T° 500 F°669 (Fed)

* Asesor Laboral/Sindical/Previsional de Sindicatos, Colegios Profesionales, Universidades, Organismos de Previsión Social y Empresas.

* Asesoría en asuntos Universitarios

* Asesor en la Comisión de Seguimiento e Interpretación del Convenio Colectivo del Sector Docentes Universitarios y Preuniversitarios [CCT Dec. 1246/15].

* Columnista de los suplementos Factor y Leyes y Comentarios del diario Comercio y Justicia.

* Autor de artículos de doctrina en Semanario Jurídico (Ed. Comercio y Justicia), Temas de Derecho Laboral (Ed. Errepar), entre otras.

* Diplomado en Derecho de la Seguridad Social: experto en jubilaciones docentes y por regímenes especiales.

* Docente de Posgrado: Especialización Derecho del Trabajo y de la Seguridad Social (Facultad de Ciencias Económicas U.N.C.), Diplomatura en Derecho de la Seguridad Social y el Trabajo (Facultad de Derecho U.N.C.),

*Director del Seminario de Reajuste Previsional en Contexto Actual (2020). Secretaría de Graduados Facultad de Derecho Universidad Nacional de Córdoba

* Expositor/Disertante en el Diplomado de Gestión Previsional (COFEPRES); y en diversos cursos y jornadas de actualización profesional, disertaciones, capacitaciones, foros, charlas y eventos académicos e informales.

* ex Asesor de la Caja de Jubilaciones, Pensiones y Retiros de la Provincia de Córdoba

* Apoderado de la Universidad Nacional de Río Cuarto

* Experiencia en la administración pública como consultor;

* Profesional responsable de websites y redes sociales jurídicos

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El 23/03/25 venció la moratoria de Ley 27.705 (capítulo 2), para personas con edad jubilatoria. Quienes tengan turno vigente, o quienes hayan solicitado uno a través de Atención Virtual hasta ese día, podrán aún acceder a la moratoria, siempre y cuando tengan cumplidos los requisitos de edad a esa fecha.
》Se recuerda que el Capítulo 3 de la moratoria sigue vigente, sin fecha de finalización, y permite a los trabajadores en actividad acceder a la compra de aportes para futura jubilacion. Además, la moratoria anterior de Ley 24.476 continúa vigente.
》 Res. ANSES 179/25: establece el aumento que recibirán los jubilados en Mar/25 y que alcanzará el 2,4% (= IPC Feb/25).
》Por Dec. 231/25 se dispuso un nuevo Bono de Refuerzo Previsional de $70.000 - valor congelado tal como los últimos meses.
》 Dado que el 82% del valor del Salario Mínimo Vital y Móvil para el mes de Abril es inferior a la Jub. Mín. vigente (Art. 125 Bis Ley 24241) en ese mes tampoco se abonará el complemento para los jubilados con 30 años de aportes efectivos, quienes percibirán el valor de la jubilación mínima (Art. 125 Ley 24241). .
》 El aumento por movilidad de 2,4% también comprende a los Investigadores y Científicos, pero NO a los jubilados de los demás regímenes especiales.

CV Autor

* Abogado Mat. Prof.: CAC 1-32556 (Cba) – CPACF T°102 F°454 (BsAs) – CSJN T° 500 F°669 (Fed)

* Asesor Laboral/Sindical/Previsional de Sindicatos, Colegios Profesionales, Universidades, Organismos de Previsión Social y Empresas.

* Asesoría en asuntos Universitarios

* Asesor en la Comisión de Seguimiento e Interpretación del Convenio Colectivo del Sector Docentes Universitarios y Preuniversitarios [CCT Dec. 1246/15].

* Columnista de los suplementos Factor y Leyes y Comentarios del diario Comercio y Justicia.

* Autor de artículos de doctrina en Semanario Jurídico (Ed. Comercio y Justicia), Temas de Derecho Laboral (Ed. Errepar), entre otras.

* Diplomado en Derecho de la Seguridad Social: experto en jubilaciones docentes y por regímenes especiales.

* Docente de Posgrado: Especialización Derecho del Trabajo y de la Seguridad Social (Facultad de Ciencias Económicas U.N.C.), Diplomatura en Derecho de la Seguridad Social y el Trabajo (Facultad de Derecho U.N.C.),

*Director del Seminario de Reajuste Previsional en Contexto Actual (2020). Secretaría de Graduados Facultad de Derecho Universidad Nacional de Córdoba

* Expositor/Disertante en el Diplomado de Gestión Previsional (COFEPRES); y en diversos cursos y jornadas de actualización profesional, disertaciones, capacitaciones, foros, charlas y eventos académicos e informales.

* ex Asesor de la Caja de Jubilaciones, Pensiones y Retiros de la Provincia de Córdoba

* Apoderado de la Universidad Nacional de Río Cuarto

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