Consulta previa a comunidades indígenas y comercialización de marihuana
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La comunidad indígena Mayo-Yoreme de Sinaloa impugnó una autorización ambiental de la SEMARNAT en la que se aprobó la construcción de una planta de amoniaco sin previa consulta a la comunidad. La Suprema Corte analizó la prohibición de comercializar marihuana para fines industriales. También les platicaremos sobre otros criterios publicados el 3 de marzo en materia civil, penal, telecomunicaciones y del nuevo sistema laboral.
Para conocer el detalle de los criterios que comentamos, entra a la página www.pdea.mx, en la sección Publicaciones.
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